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Conoce las nuevas leyes .- 09/03/2022

La nueva reforma mejorará la eficacia del sistema y la convivencia entre todos.


Ahora el uso del móvil en el coche conlleva la pérdida de 6 puntos.



Conoce las nuevas normas que entran en vigor el 21 de marzo:


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Seguridad y conducción

  • Ahora, en carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20 km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos. Una medida que busca minimizar el riesgo que ocasionan los adelantamientos y así reducir la siniestralidad en carretera convencional.

  • Ahora, no usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, te hará perder 4 puntos

  • Ahora, si conduce sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil puede perder 6 puntos.

  • Ahora, arrojar a la vía o en sus mediaciones objetos que pueden producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos

  • Ahora, para adelantar una bicicleta o un ciclomotor, deberás hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo, tendrás que mantener la mínima separación lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos. Es una manera de proteger a este colectivo vulnerable.

  • Ahora, los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales. Recuerda que todos en algún momento somos peatones.

  • Respeto a las normas, las señales ya la autoridad

  • Ahora, es obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE).

  • Ahora, está prohibido parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas. La bicicleta es un medio más de transporte, cada vez más numeroso, y tenemos que aprender a convivir con él y aprender a proteger a este colectivo más vulnerable.

  • Interferencia en el sistema de vigilancia y control

  • Ahora, llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, están conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevar a cabo. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos.

  • Permiso de conducir y saldo de puntos

  • Ahora, con independencia de las infracciones que se hayan producido, el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos.

  • Ahora ya no es necesario llevar tu permiso de conducir. Gracias a la App miDGT, podrás acreditar que tienes autorización para conducir.

  • Ahora, cuando te presente una prueba para la obtención o recuperación del permiso de conducir u otro trámite administrativo para conducir, no puedes utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente. También se considera una infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para este fin. En caso de hacerlo, el aspirante no podrá presentar las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses.
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  • Ahora, si tienes una moto o un ciclomotor, puedes utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco de protección para fines de comunicación o navegación.

  • Ahora, no usar el casco o no hacerlo de forma adecuada te hará perder 4 puntos.nuevas-leyes-4.jpg
  • Ahora, si eres menor de edad y conduces, tu tasa de alcohol es 0,0.

  • Recuerda que los Vehículos de Movilidad Personal tienen prohibido circular por autopistas y autovías.
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  • Ahora, para protegerte, los vehículos que necesiten adelantar una bicicleta o un ciclomotor, tendrán que hacerlo ocupando completamente el carril contiguo si la vía tiene 2 o más carriles por sentido. Y si la vía solo tiene un carril, mantenga la separación mínima de 1,5 metros.

  • Ahora, si eres menor de edad y conduces, tu tasa de alcohol es 0,0.

  • Ahora está prohibido parar o estacionar en el carril bici o en vías ciclistas. Su incumplimiento se considera una infracción grave.

  • Fuente: https://www.dgt.es/muevete-con-seguridad/conoce-las-normas-de-trafico/nuevas-leyes/
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